LICENCIA DE VIVIENDA TURÍSTICA
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Según lo dispuesto en el Decreto 113/2015, ley que regula el alquiler vacacional en Canarias, el Gobierno reconoce como viviendas turísticas: las viviendas, que amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato y reuniendo los requisitos previstos en este Reglamento, son comercializadas o promocionadas en canales de oferta turística, para ser cedidas temporalmente y en su totalidad a terceros, de forma habitual, con fines de alojamiento vacacional y a cambio de un precio. Sin embargo, según lo establece la ley de propiedad horizontal, sólo podrán explotarse un inmueble como alquiler vacacional, en Canarias al igual que en el resto de España, en caso de que esto no se prohíba expresamente en los estatutos de la Comunidad de Propietarios
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Requisitos mínimos de equipamiento para el alquiler vacacional en Canarias
General
- Botiquín de primeros auxilios y un cierre interior de seguridad funcional en las puertas de acceso.
Dormitorios
- Fuente de iluminación para lectura junto a cada cama.
- Sistema de oscurecimiento efectivo.
- Perchas no deformables de estilo homogéneo y en número suficiente atendiendo a la capacidad de la vivienda
- Camas con las siguientes medidas mínimas: 135x190cm en caso de las camas dobles y de 90x190cm en caso de las individuales.
Cocina
- Horno y/o microondas.
- Cubertería y cristalería en función del número máximo de ocupantes que puedan alojarse.
- Vajilla.
- Cafetera.
- Menaje para manipular alimentos.
- Utensilios de limpieza.
- Plancha y tabla de planchado.
Baño
- Porta-rollos para el papel higiénico
- Alfombrilla.
- Soporte para colocar objetos de aseo personal en caso de no existir una encimera, percha, colgadores o toallero con capacidad suficiente
- Sistema que impida de forma eficiente la salida de agua en la ducha o bañera.
- Toalla de baño y otra de mano por cada usuario.
- Juego extra de cama y otro de toallas por persona cada semana, en caso de estancias superiores a siete días.
Entrega de la declaración responsable
Una vez que la vivienda cumpla con tales requisitos, se debe conseguir una licencia turística antes de empezar a explotarla como alquiler vacacional en Canarias. El proceso se inicia con la entrega de la declaración responsable que varía en función de la isla.
Documentación Necesaria
- Declaración responsable de Fuerteventura.
- Personas Físicas: DNI o similar del Titular de la Explotación del establecimiento.
- Personas Jurídicas: Escritura o contrato de constitución, con sus estatutos actuales y el CIF.
- En su caso, DNI o similar del representante o representantes mancomunados de la persona física o jurídica que sea titular de la explotación, acompañado de fotocopia del poder para actuar en su nombre.
- Proyecto Técnico de Ejecución de obra.
- Documentación acreditativa de la disponibilidad del inmueble (Escritura de propiedad, o en su caso, Contrato entre el propietario y la persona a la que encomienda la explotación turística).
- Memoria de la actividad turística a desarrollar con mención a los servicios pretendidos y las condiciones y forma de explotación a los efectos del cumplimiento del principio de unidad de explotación.
- Documento acreditativo del ingreso de la tasa correspondiente.
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